¿Cómo exonerar a las micro y pequeñas empresas del pago del IVA en alquileres?

En este artículo encontrará los pasos a seguir para que una micro y pequeña empresa pueda ser exonerada del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en el alquiler del local comercial.

Para escribir este artículo me basé en el comunicado que la Dirección General de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), elaboró en conjunto con el Ministerio de Hacienda.

Para exonerar el pago del IVA en el alquiler se deben cumplir 2 requisitos: estar inscrito como micro o pequeña empresa (PYME) en el MEIC y que el monto a pagar por alquiler no sea mayor a 1,5 salarios base (alrededor de 669.300 colones).

Si su empresa no está inscrita como micro o pequeña empresa no podrá realizar la exoneración; y si su empresa está inscrita como micro o pequeña empresa pero paga más de 1,5 salarios base (más de 669.300 colones aproximadamente) tampoco podrá realizar la exoneración.

Fuente: Artículo 8, Capítulo lll Exenciones y Tasa del Impuesto de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

Cuando el monto por alquiler sea mayor a 1,5 salarios base se deberá pagar IVA, según lo señala el artículo 8, Capítulo lll Exenciones y Tasa del Impuesto de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Si aún no está registrado como micro o pequeña empresa, en la página del Sistema de Información Empresarial Costarricense (SIEC) DIGEPYME puede encontrar el detalle del proceso y la documentación necesaria.

¿Cómo se comunicarán el MEIC y el Ministerio de Hacienda para saber que su empresa es PYME y así no pagar IVA en el alquiler? Todas las semanas el MEIC remitirá en formato digital al Departamento de Gestión de Exenciones del Ministerio de Hacienda, el listado de las Micro y Pequeñas Empresas y sólo las que estén en esta lista podrán ser exoneradas.

Pasos a seguir para exonerar el pago de IVA en alquileres

Si su empresa ya está registrada como micro o pequeña y el monto de alquiler que paga es menor a 1,5 salarios base, estos son los pasos que debe seguir para exonerar el pago de IVA. Los pasos están establecidos en el artículo 8 inciso 10) de la Ley N° 9635 de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, y en el artículo 11, incisos 5) acápite c), y 9) acápite c) del Reglamento.

1. Registrarse en EXONET

Las micro o pequeñas empresas deben registrarse en EXONET. Este registro se hace sólo una vez y es una solicitud para la exoneración del pago de alquiler. El registro se realiza únicamente en línea a través de la página de EXONET. Si tiene dudas de cómo completar el registro, este es el Manual y Guía de acceso al Sistema EXONET.

2. Solicitud de exoneración en EXONET

Una vez que complete el registro en EXONET, ingrese en la esquina superior izquierda donde dice exenciones, luego beneficiarios y ahí seleccione el trámite que desea realizar, en este caso es la exoneración del IVA en arrendamiento por condición de micro o pequeña empresa. Este proceso está en la página 13 del Manual y Guía de acceso al Sistema EXONET.

3. Esperar verificación de Hacienda

Una vez que haga la solicitud de exoneración, el Departamento de Gestión de Exenciones de la Dirección General de Hacienda, verificará que su empresa esté registrada como micro o pequeña empresa en el MEIC y que se encuentre al día en las obligaciones sociales y tributarias, es decir que no le deba nada a la CCSS y a Hacienda.

4. Recibir autorización de exención

Hacienda le enviará una autorización por medio del sistema EXONET para el no pago del IVA en alquileres, este será su comprobante para solicitarle al arrendante que no le cobre IVA en la factura por concepto de alquiler.

La autorización tiene un número, ese será el código para que el arrendante lo exonere del pago de IVA.

Su arrendante no podrá cobrarle IVA, siempre y cuando su empresa cuente con la autorización de Hacienda.

Para efectos del trámite de exoneración, no es necesario que su empresa presente al arrendante la constancia de la condición micro o pequeña empresa, ya que el MEIC y Hacienda trabajarán en principio de Coordinación Interinstitucional.

Si usted le alquila a micro y pequeñas empresas, así debe exonerar el IVA en las facturas 

Si usted le alquila locales, oficinas o espacios a micro o pequeñas empresas, así debe exonerar el IVA en las facturas:

  1. Cuando realice la factura electrónica, en la casilla tipo de documento de exoneración, debe escoger la opción “Exenciones Dirección General de Hacienda”

  2. En la casilla “Número de Documento” o “Documento de Exoneración” (el nombre varía según el sistema de facturación electrónica) debe indicar el código de autorización asignado a la micro o pequeña empresa. Ejemplo “AL-00000000-19”

Este artículo, así como los artículos, “El IVA en servicios profesionales” y “Mi método para aparecer de primero en las búsquedas” fueron redactados usando nuestras estrategias de storytelling para blogs.


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