¿Cuál es el proceso para trasladar un estudiante de una escuela privada a una pública?

En este artículo encontrará los pasos y requisitos para realizar el traslado de un estudiante de una escuela privada a una pública. Este artículo se basa en información brindada por la oficina de prensa del Ministerio de Educación Pública (MEP) y en el Reglamento de matrícula y de traslados de los estudiantes N° 40529-MEP.

¿Pueden admitir a su hijo, aunque estemos en medio curso lectivo? Si en el centro educativo público hay cupo, sí admitirán al estudiante.

¿Cuándo es el momento adecuado para hacer el traslado?

El momento más adecuado para solicitar el traslado es cuando el estudiante haya concluido alguno de los periodos lectivos del año y haya recibido las notas. Esto es lo más recomendable, ya que así el estudiante ingresaría a la escuela pública al inicio de un periodo.

Los periodos escolares los define el MEP cada año mediante un calendario escolar. Para el 2020 los periodos trimestrales de Educación General Básica, y Educación Diversificada son:

  • Periodo l: del 10 de febrero al 15 de mayo

  • Periodo ll: del 18 de mayo al 28 de agosto

  • Periodo lll: del 31 de agosto al 09 de diciembre

¿Qué hago si el periodo lectivo ya inició?

En caso de que el periodo ya haya iniciado y usted quiera realizar el traslado, debe saber que el centro educativo público le va solicitar las notas de los exámenes parciales que el estudiante haya realizado hasta ese momento.

Si el estudiante acaba de realizar los exámenes parciales del periodo podrá solicitar el traslado con las notas de esos exámenes. Si el estudiante no ha hecho exámenes, usted debe valorar si espera a que el estudiante realice los exámenes y obtenga las notas; y con esto solicitar el traslado.

Requisitos y proceso para el traslado a un estudiante de escuela privada a pública

Paso 1. Buscar centro educativo.

El primer paso es saber cuál centro educativo le corresponde y eso dependerá de su lugar de residencia. Su hijo debe ir a la escuela más cercana del lugar de residencia, según se establece en Reglamento de matrícula y de traslados de los estudiantes N° 40529-MEP. Si necesita saber cuáles centros educativos públicos que están cerca de su residencia en este mapa puede ingresar su barrio, distrito o cantón para ver cuáles son los centros educativos cercanos.

Paso 2. Solicitar cupo en el centro educativo.

El siguiente paso es solicitar cupo en el centro educativo de su interés. Cada centro educativo público tiene un cupo máximo de estudiantes de acuerdo sus limitaciones locativas, (limitaciones de espacio que establecen que debe haber dos metros cuadrados por estudiante para la Educación Preescolar y 1.5 metros cuadrados para I, II, III Ciclos de la Educación General Básica y IV Ciclo de la Educación Diversificada).

En estos momentos los centros educativos se encuentran funcionando por medio de un proceso de educación a distancia debido al COVID-19. Aunque en este momento las clases sean a distancia, la limitación locativa es la que determina el cupo de la institución educativa.

Para consultar si hay cupo debe comunicarse con las autoridades del centro educativo de su interés vía telefónica o enviando un correo electrónico al centro educativo de interés.

¿Dónde encontrar los teléfonos o correos de los centros educativos? Según me indicó la oficina de prensa del MEP, muchos de los centros educativos tienen una página en Facebook en la cual está su correo y teléfono.

También se puede encontrar la información de contacto con sólo buscar el centro educativo en Google. Si no encuentra la información de contacto del centro educativo de su interés puede llamar o enviar un correo a la Dirección Regional de Educación que le corresponda según su lugar de residencia y solicitar la información.

También puede visitar la oficina del Supervisor del Circuito Escolar al que pertenece la escuela o colegio de su interés. Aquí está la lista de la Dirección Regional de Educación y circuitos con dirección y teléfonos.

Si no hay cupo

Si en el centro educativo de su interés no hay cupo, debe de comunicarse con el Supervisor del Circuito escolar de su zona y presentarle una solicitud por escrito para que éste le indique en cuál centro educativo hay cupo disponible.

Si hay cupo

Si hay cupo en el centro educativo de su interés, usted deberá solicitarle a éste centro educativo una hoja de traslado que indique que el estudiante será admitido. Una vez que cuenta con ésta hoja de traslado debe comunicarse con el centro educativo privado, presentarle la hoja de traslado y solicitar el traslado formalmente vía carta o correo electrónico.

Además deberá solicitarle al centro educativo privado estos documentos:

  1. Certificación de notas.

  2. Expediente del estudiante.

Cuando tenga todos los documentos: hoja de traslado del centro educativo público, certificación de notas y expediente del estudiante, debe presentarlos al centro educativo público donde el estudiante será admitido.

Los traslados se rigen por el reglamento 40529-MEP

En Costa Rica los traslados de estudiantes de un centro educativo a otro, se rigen bajo el Reglamento de matrícula y de traslados de los estudiantes N° 40529-MEP, aquí se señalan todos los requisitos, deberes y derechos tanto de los menores de edad como de los padres de familia y los centros educativos públicos y privados.

Toda persona menor de edad tiene derecho a recibir educación pública gratuita

No está de más recordar que el artículo 5° de este reglamento indica que:

“Toda persona menor de edad tiene derecho a recibir educación pública gratuita. En ningún caso, el ejercicio de ese derecho estará sujeto a discriminación por su situación socioeconómica, estatus migratorio irregular, condición de estudiante proveniente del extranjero, nivel social o lugar de residencia del estudiante, condición de discapacidad u otra.”

Edades de ingreso al sistema educativo.

En este mismo reglamento se definen las edades de ingreso a las modalidades del sistema educativo. Corresponden un requisito indispensable para la matrícula, las siguientes edades mínimas:

  • Ciclo Materno Infantil, Grupo Interactivo II de la Educación Preescolar: edad mínima de 4 años cumplidos al 15 de febrero del curso lectivo en que se desea matricular.

  • Ciclo de Transición de la Educación Preescolar: edad mínima de 5 años cumplidos al 15 de febrero del curso lectivo, donde se desea matricular.

  • Primer año del Primer Ciclo de la Educación General Básica: edad mínima de 6 años cumplidos al 15 de febrero del curso lectivo que se desea matricular.

  • Colegio Nacional Virtual Marco Tulio Salazar: edad mínima de 15 años cumplidos al inicio del periodo lectivo que desea matricular. En este programa, no podrán matricular jóvenes con edades superiores a los 18 años, salvo aquellos que hubieren estado previamente matriculados en este programa antes de cumplir esa edad.

  • Institutos Profesionales de Educación Comunitaria (IPEC), y Centros Integrados de Educación de Adultos (CINDEA): edad mínima de 15 años cumplidos al inicio del periodo lectivo que se desea matricular.

  • Colegios y Escuelas Nocturnas: edad mínima de 15 años cumplidos al inicio del periodo lectivo que se desea matricular.

  • En la Sección Técnica Nocturna: edad mínima de 18 años cumplidos al inicio del curso lectivo que desea matricular.

En caso de que tengan algún inconveniente con el centro educativo privado, pueden realizar sus consultas en la Dirección de Educación Privada del MEP.

Este artículo, así como los artículos, “Cómo registrar una marca sin abogado” “El IVA en servicios profesionales” y “¿Cómo exonerar a las micro y pequeñas empresas del pago del IVA en alquileres?” fueron redactados usando nuestras estrategias de storytelling para blogs.

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